Las protecciones para denunciantes de California cubren quejas que los empleadores ya conocen

El 22 de mayo de 2023, la Corte Suprema de California emitió una decisión importante que aclara que los empleadores violan la ley si despiden o toman represalias contra los empleados que se quejan de violaciones que fueronicono-denunciante ya conocido por el empleador. En Personas ex rel. García-Brower contra Kolla's (S269456), el empleado trabajaba para un club nocturno en el condado de Orange. Se quejó de que no le habían pagado sus tres turnos de trabajo anteriores. Luego, el empleador la amenazó con denunciarla ante las autoridades de inmigración y la despidió.

El demandante luego presentó una queja ante la División de Cumplimiento de Normas Laborales (DLSE) del Departamento de Relaciones Industriales del Estado de California. La DLSE investigó y procesó su denuncia. Desafortunadamente, el tribunal de primera instancia sostuvo que la sección 1102.5 del Código Laboral, la ley de protección de denunciantes de California, no se aplicaba porque la empleada se había quejado con su empleador y no con una agencia gubernamental. El tribunal de apelaciones afirmó por diferentes motivos, sosteniendo que para estar protegido bajo la sección 1102.5, la queja de un empleado debe informar algo de lo que el empleador no estaba ya al tanto.

El tribunal explicó que Estrada, como propietario del club nocturno, "era al menos consciente, si no responsable, de la falta de pago de salarios" y que un "informe del empleado al supervisor del empleado sobre las malas acciones del supervisor no es suficiente". una “divulgación” y no es una actividad protegida de denuncia de irregularidades, porque el empleador ya sabe acerca de su irregularidad.' ” (Pueblo contra Kolla's Inc. (10 de mayo de 2021, G057831) [no publicado. op.], citando Mize-Kurzman contra Marin Community College Dist. (2012) 202 Cal.App.4.o 832, 859 (Mize-Kurzman).)

La Corte Suprema de California rechazó las decisiones de la corte de primera instancia y de la corte de apelaciones. El Tribunal señaló que la sección 1102.5(b) “refleja el amplio interés de la política pública en alentar a los denunciantes en el lugar de trabajo a denunciar actos ilegales sin temor a represalias”. (Green contra Ralee Engineering Co. (1998) 19 Cal.4º 66, 77; Lawson contra PPG Architectural Finishes, Inc. (2022) 12 Cal.5th 703, 709. La Corte luego explicó que debido a que la sección 1102.5 estaba sujeta a más de una interpretación razonable, se requería considerar “los objetivos ostensibles a ser logrados por el estatuto, los males a ser remediados, la historia legislativa, la política pública, la construcción administrativa contemporánea y el esquema estatutario del cual el estatuto es parte”.

Volviendo a la sección 1102.5, la Corte hizo las siguientes observaciones sensatas y de sentido común:

  1. Adoptar la conclusión de que los empleados deben informar algo nuevo que entre dentro del alcance de la sección 1102.5 excluiría a los empleados que presentaron quejas que corroboraron quejas anteriores y los dejaría vulnerables a la terminación. Esto dificultaría la investigación de los problemas subyacentes;
  2. El lenguaje de la sección 1102.5 no respalda la regla de que solo el primer empleado en denunciar una infracción está protegido contra represalias; y
  3. Los empleados serían menos propensos a denunciar actos ilegales si pudieran sufrir represalias por hacerlo.

Luego, el Tribunal concluyó que la sección 1102.5 protege a los empleados que se quejan de infracciones de las que un empleador ya tiene conocimiento. La Corte también desaprobó explícitamente la celebración en Mize-Kurzman.

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