Mociones SLAPP y reclamos por discriminación: la Corte Suprema de California limita la capacidad de los acusados ​​para atacar los casos FEHA

California tiene un estatuto poderoso que tiene como objetivo proteger nuestro derecho a participar en la libertad de expresión. Conocida como la ley SLAPP, la sección 425.16 del Código de Procedimiento Civil permite a las personas que son demandadas por participar en la libertad de expresión presentar una moción para desestimar la demanda que se ha presentado en su contra. Para prevalecer sobre dicha moción, el demandado en dicha demanda debe demostrar que las reclamaciones en cuestión surgen de una actividad protegida. Si el demandado hace esa demostración, el demandante debe probar que las reclamaciones tienen algún grado de mérito.

En los últimos años, las entidades públicas han comenzado a confiar en la ley SLAPP para impugnar demandas que alegan discriminación o represalias bajo la Ley de Vivienda y Empleo Justo de California (FEHA). Por ejemplo, en Nesson v. Distrito local de hospitales del norte del condado de Inyo. (2012) 204 Cal.App.4th 65, un hospital presentó una moción SLAPP en un caso en el que un médico afirma haber sido discriminado y tomado represalias. los nesson El tribunal sostuvo que los procedimientos de revisión por pares del hospital eran procedimientos oficiales. Por lo tanto, las decisiones que resultaron de esos procedimientos fueron protegidas por la ley SLAPP. Ver también DeCambre v. Rady Children's Hospital-San Diego (2015) 235 Cal.App.4to 1, 22.

Sin embargo, el 4 de mayo de 2017, la Corte Suprema de California limitó recientemente la capacidad de los empleadores para confiar en la ley SLAPP en casos de discriminación. En Park v. Junta de Fideicomisarios de la Universidad Estatal de California (2017) S229728, el Tribunal sostuvo que un reclamo por discriminación nacional original bajo la FEHA no surgió de una actividad protegida. Por lo tanto, no estaba sujeto a la ley SLAPP.

El demandante en Tayrona demandó después de que se le negara la tenencia en la Universidad Estatal de California, Los Ángeles. La Universidad luego se movió para desestimar el reclamo de Park con el argumento de que surgió de la decisión de denegar la tenencia y las comunicaciones que llevaron a esa decisión. Como tal, la Universidad afirmó que la demanda de Park surgió de una actividad protegida.

El Tribunal rechazó el argumento de la Universidad. El Tribunal razonó que la base del reclamo de Park fue la decisión de negar la tenencia de Park. La decisión de negar la tenencia puede haber sido comunicada verbalmente o por escrito, pero eso no convirtió la demanda en una derivada del ejercicio de la libertad de expresión. De manera similar, Park podría confiar en ciertos comentarios que se hicieron sobre él para mostrar un ánimo discriminatorio. Pero eso no convirtió su caso en uno que surgió de un discurso protegido.

La Corte también limitó el alcance de una decisión anterior, Kibler v. Hospital local del condado de Northern Inyo Distr. (2006) 39 Cal.4th 192. La Corte aclaró que su celebración en Kibler era solo que los procedimientos de revisión por pares hospitalarios podían ser (no es que siempre lo fueran) procedimientos oficiales a los efectos de la ley SLAPP.

Curiosamente, la Corte no abordó un tema que surgió en un caso anterior llamado Hunter contra CBS Broadcasting Inc. (2013) 221 Cal.App.4th 1510. En Cazador, el tribunal de apelación determinó que la negativa de una organización de medios de comunicación acusada a contratar a una persona en particular como presentadora de noticias meteorológicas favorecía el discurso protegido. El acusado en Tayrona intentó basarse en un argumento similar, sin embargo, el Tribunal consideró que no había desarrollado suficientemente ese argumento.

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