¿Están los vendedores exentos de horas extraordinarias según la ley de California?

Los trabajadores no exentos que ganan un salario por hora en California están sujetos a los requisitos estatales mínimos y de horas extra según las secciones 510 y 1194 del Código Laboral de California. Sin embargo, hay algunas excepciones limitadas que eximen a estos trabajadores de estas protecciones salariales básicas. Uno de estos son las ventas externas Engranaje-y-martillo_negroexención, bajo la Sección 1171 del Código Laboral de California.

Las Órdenes Salariales de la Comisión de Bienestar Industrial (IWC) definen a un vendedor externo como una persona que “habitualmente y regularmente trabaja más de la mitad del tiempo de trabajo fuera del lugar de trabajo del empleador vendiendo artículos tangibles o intangibles u obteniendo pedidos o contratos de productos, servicios o uso de las instalaciones ".

Afortunadamente para los trabajadores de California, esta es un área de la ley en la que los tribunales han decidido que los trabajadores están más protegidos por la ley de California que por una exención federal similar. La Corte Suprema de California consideró la diferencia entre la ley de California y la ley federal vis-à-vis el significado y alcance de la exención del vendedor externo en detalle en Ramirez v. Yosemite Water Company (1999) 20 Cal.4th 785.

Ramírez involucró a un empleado que entregaba agua embotellada a los clientes y que también se esperaba que vendiera el servicio de agua a nuevos clientes. Identificación. en 790. El tribunal de Ramírez encontró que la aplicación de la exención de vendedor externo depende de si un individuo pasa más de la mitad de sus horas de trabajo reales vendiendo u obteniendo pedidos o contratos. Identificación. en 797. Al hacerlo, el Tribunal reconoció "el enfoque cuantitativo distintivo de California para determinar qué empleados son vendedores externos". Identificación. en 801. Por el contrario, según la ley federal, el análisis se reduce a si las ventas son el deber principal del empleado, independientemente de cuánto tiempo se dedique a actividades relacionadas con las ventas.

Según el enfoque de California, el Tribunal determinó que el demandante realizaba funciones de venta y entrega: "La entrega de botellas de agua reservadas o el reabastecimiento de 'vacíos' no es una actividad de ventas en el significado convencional de la palabra: alguien que solo realiza estas tareas de entrega. no podría ser considerado un vendedor ". Identificación. en 802. El tribunal determinó además que "el trabajo que no es de venta intrínsecamente no exento" no se puede reclasificar como exento simplemente porque es "accesorio a las ventas". Identificación. (énfasis original).

Por lo tanto, Ramírez ordena a los tribunales de primera instancia que investiguen los “requisitos realistas del trabajo” considerando los siguientes factores: (1) Primero y principal, cómo el empleado realmente pasa su tiempo; (2) Si la práctica del empleado difiere de las expectativas realistas del empleador; (3) Si el empleador no estaba satisfecho con el desempeño deficiente del empleado; y (4) Si la insatisfacción del empleador con el empleado era realista dados los requisitos generales reales del trabajo. Ramírez, 20 Cal.4th en 802. Ramírez también señala que una descripción de trabajo idealizada que tiene poca base en la realidad no probará el estado exento de un empleado. Identificación. al 801-802.

Si bien Ramírez aclara el enfoque cuantitativo de California y proporciona una hoja de ruta para evaluar cómo se debe desglosar el tiempo de trabajo de un empleado, no brinda mucha información sobre una pregunta clave: ¿qué significa exactamente "vender" y "obtener pedidos"? Las regulaciones de California no definen más estos términos clave ni brindan ninguna orientación autorizada, y la jurisprudencia de California no es instructiva para interpretar los términos "vender" y "obtener pedidos". Véase Brody v. Astrazeneca Pharms., LP (CD Cal. 2008) 2008 US Dist. LEXIS 107301, * 14.

Sin embargo, los casos federales han considerado el importante aspecto de definición de "ventas" y han establecido los siguientes factores para determinar si las funciones laborales implican ventas: 1) si el trabajo se publicitó como un puesto de ventas; 2) si hubo capacitación en ventas; 3) si la compensación se basó en comisiones; 4) si el empleado solicitó de forma independiente nuevos negocios; y 5) si el empleado trabajó con poca supervisión. Brody, 2008 US LEXIS 107301 en 18.

Entonces, si usted es un vendedor o se considera a sí mismo como alguien que trabaja en ventas, es posible que desee considerar si esa caracterización es precisa o si simplemente está bloqueando su derecho a ganar el pago de horas extras.

Hunter Pyle Law resolvió recientemente una demanda colectiva presentada en nombre de más de 300 gerentes de cuentas en California que fueron clasificados erróneamente como vendedores externos exentos por su empleador. Pudimos recuperar importantes salarios impagos por ellos. Si tiene preguntas o inquietudes sobre si está clasificado correctamente, llame a nuestra oficina para una consulta gratuita al 510.444.4400.