¿Su empleador le paga adecuadamente por las pausas para comer y descansar? Solo si incluye el pago no discrecional en su tasa regular de compensación.

La Corte Suprema de California ha aclarado que los empleadores deben incluir tanto los salarios por hora como todos los pagos no discrecionales al calcular la tasa de pago regular a los efectos deIcono de engranaje y martillo - oro compensar a los empleados por la falta de comidas y períodos de descanso. Véase Ferra v. Loews Hollywood Hotel, LLC. (2021) 11 Cal.5th 858. El Tribunal sostuvo además que esta decisión se aplica retroactivamente. Siga leyendo para ver si su empleador podría haberle pagado una tarifa incorrecta por sus períodos de comida y descanso perdidos.

In Ferra, la cuestión era si el acusado había calculado correctamente la cantidad de pago que se debía a los empleados que no recibían los períodos adecuados de comida o descanso. Según la ley de California, cuando un empleador no proporciona a un empleado un período de comida o descanso, como lo exige la ley, el empleador debe pagarle al empleado una hora adicional de pago "a la tasa de compensación regular del empleado". See Cal Lab. Código § 226.7 (c). Loews Hollywood Hotel interpretó esa frase de manera estricta y pagó a sus empleados por los períodos de comida y descanso perdidos de acuerdo con su tarifa base por hora. No incluyó ningún "pago no discrecional" en ese cálculo.

En revisión, la Corte Suprema de California señaló que el “pago no discrecional” incluía el pago que se le debía a un empleado de conformidad con un contrato, acuerdo o promesa, siempre que no se determinara a discreción exclusiva del empleador. En otras palabras, cuando ciertos tipos de pago deben hacerse en una cierta cantidad si el empleado logra ciertas cosas, no son discrecionales según la ley. Por lo general, el pago no discrecional incluye pagos por cumplir con ciertos objetivos, como asistencia, puntualidad o productividad.

Luego, el Tribunal consideró la historia de la Sección 226.7 y concluyó que "tasa de pago regular" en ese estatuto tenía el mismo significado que el término "tasa de pago regular" en la Sección 510 (a). En consecuencia, incluye no solo el pago por hora, sino también cualquier pago no discrecional por el trabajo realizado por el empleado. Esto es consistente con la proposición general de que las leyes laborales de California deben interpretarse liberalmente a favor de los trabajadores. Véase, por ejemplo, Alvarado v. Dart Container Corp. (2018) 4 Cal.5to 542. 562.

¿Recibe algún tipo de pago no discrecional por encima y más allá de su tarifa por hora, como bonificaciones por asistencia o productividad? Si es así, es posible que su empleador no le pague adecuadamente por sus períodos de comida y descanso perdidos. No dude en llamar a los abogados experimentados de Hunter Pyle Law para averiguar si puede tener un caso. Puede comunicarse con nosotros al (510) 444-4400 o en inquire@hunterpylelaw.com.