PAGA e Intervención: Reemplazo de un demandante que quiere salir

Uno de los casos fundamentales en el mundo de la Ley de procuradores generales privados de California, o PAGA, es Transporte de Iskanian v. CLS.  Iskanio cerró su camino hasta la Corte Suprema de California, que finalmente sostuvo que los acuerdos de arbitraje que intentan limitar el derecho de un demandante a entablar acciones de PAGA son inaplicables.

Ahora Iskanio está de vuelta en las noticias. Después de años de lucha, el demandante, el Sr. Iskanian, decidió que no quería seguir adelante con el caso. (No está claro por qué tomó esa decisión). En un giro interesante, luego presentó una moción, representándose a sí mismo, para desestimar sus reclamos individuales (que estaban siendo arbitrados) así como sus reclamos de PAGA. Luego, sus abogados buscaron reemplazarlo con el Sr. Frost, otro individuo del grupo de conductores de limusinas al que pertenecía el Sr. Iskanian.  

En otro giro interesante, el juez Hess impidió a los ex abogados del Sr. Iskanian realizar un descubrimiento de las razones del repentino cambio de actitud del Sr. Iskanian. Por lo tanto, no sabemos si alguien le pagó para lograr ese resultado.

La práctica de reemplazar a los demandantes nombrados no es infrecuente en las acciones colectivas. Por lo general, los tribunales permitirán que los abogados que manejan el caso lo hagan si es en interés de la clase. (Pero no siempre. Consulte, por ejemplo, Starbucks Corp. v. Tribunal Superior (Lores) 194 Cal. App. 4 ° 820 (2011).)

Pero las afirmaciones de PAGA son diferentes. El Tribunal Superior del Condado de Los Ángeles, el Excmo. Robert L. Hess, que presidía, negó la moción de los abogados por varios motivos:

Primero, el reemplazo propuesto para el Sr. Iskanian no había agotado adecuadamente sus recursos administrativos bajo el Código Laboral 2699.3. El juez Hess determinó que esos requisitos eran obligatorios y sustantivos y no podían ignorarse.

En segundo lugar, el juez Hess determinó que el Sr. Frost, el sustituto propuesto del Sr. Iskanian, no tenía interés en las reclamaciones subyacentes de PAGA. Eso es porque PAGA no crea derechos de propiedad u otros derechos. Un reclamo de PAGA no es algo en lo que el Sr. Frost pueda reclamar un interés de propiedad. Además, el Sr. Frost seguía siendo libre de presentar sus reclamaciones individuales en virtud del Código Laboral. Por estas razones, el juez Hess rechazó la moción del Sr. Frost de intervenir en el caso.

El juez Hess también rechazó el argumento de que las reclamaciones de PAGA deben tratarse como acciones colectivas o como demandas derivadas de accionistas. Esto es consistente con ambos Arias v. Tribunal Superior (2009) 46 Cal. 4th 969, y Bauman contra Chase Investment Services (9th Cir. 2014) 747 F.3d 1117, que señalan las diferencias entre las acciones colectivas y las reclamaciones de PAGA.

El acto final en el Iskanio saga es, por lo tanto, una victoria absoluta para la empresa que empleó al Sr. Iskanian. No solo evitó que el Sr. Iskanian prosiguiera con sus demandas colectivas, sino que también evitó la responsabilidad bajo PAGA. Los perdedores, por supuesto, son los otros conductores de limusinas que de otra manera muy bien podrían haber recuperado una cantidad significativa de dinero, así como el estado de California, que perdió su parte de las sanciones de PAGA.