Removibilidad de acciones de PAGA a la Corte Federal

Este blog es el tercero de una serie sobre la jurisprudencia reciente de PAGA. Se enfoca en desarrollos relacionados con la remoción de reclamos de PAGA ante un tribunal federal.

Removibilidad de acciones de PAGA a la corte federal

Un tema muy controvertido en los últimos años ha sido si los acusados ​​pueden o no depender de las sanciones de la PAGA para cumplir con la cantidad de $ 5 millones en el requisito de controversia de la Ley de Equidad de Acción de Clase (Class Action Fairness Act, CAFA). Bajo CAFA, cuando se cumplen ciertos otros requisitos, una acción de clase que se presenta en un tribunal estatal puede trasladarse a un tribunal federal si los acusados ​​pueden demostrar que los daños en cuestión valen más de $ 5 millones.[ 1 ]

Este problema es importante tanto para el demandante como para los abogados defensores porque los tribunales federales han tratado los reclamos de PAGA de manera diferente a los tribunales estatales.

Por ejemplo, en un tribunal estatal se establece que los demandantes de PAGA no necesitan cumplir con los requisitos de las acciones colectivas para proceder de manera representativa. Ver Arias v. Tribunal Superior (2009) 46 Cal.4th 969 (las declaraciones de PAGA no necesitan ser certificadas). En la corte federal, esto sigue siendo una cuestión abierta. Ver, por ejemplo, Medlock contra Taco Bell Corp. (EDCal.2014) 2014 WL 6389382 (las reclamaciones PAGA deben satisfacer los requisitos de la Regla 23 de FRCP); Amey contra Cinemark USA, Inc. (NDCal.2015) 2015 WL 4148366 (las reclamaciones PAGA no necesitan satisfacer la Regla 23).

Asimismo, algunos tribunales federales han implantado un requisito de "manejabilidad" en las reclamaciones de PAGA. Ver, por ejemplo, Litty contra Merrill Lyncy & Co., Inc. (CDCal.2015) 2015 WL 4698475 (llamamiento de reclamo de PAGA como inmanejable). Hasta la fecha, los tribunales estatales no han hecho lo mismo.

In Yocupicio contra PAE Grp., LLC, 795 F.3d 1057 (9th Cir. 2015), el Noveno Circuito abordó directamente la cuestión de si las reclamaciones de PAGA se pueden contar para el requisito de monto en controversia de CAFA. El Tribunal sostuvo que no pueden, porque un reclamo de un representante de PAGA "no puede considerarse un reclamo colectivo". 795 F.3d en 1060.

Como resultado, menos casos que involucren alegaciones de acción de clase y reclamos de PAGA que se presenten en un tribunal estatal podrán trasladarse a un tribunal federal.[ 2 ]  Sin duda, esto es una victoria para los empleados, en particular para aquellos que desean permanecer en el tribunal estatal donde inicialmente presentaron su demanda.

[ 1 ] Las sanciones de PAGA pueden acumularse rápidamente. En muchos casos, cuando se combinan con los daños colectivos subyacentes, las sanciones de PAGA pueden resultar en una demanda colectiva relativamente pequeña con un valor de más de $ 5 millones.

[ 2 ] Con respecto a los casos que alegan solo reclamaciones de PAGA, el Noveno Circuito sostuvo en Baumann contra Chase Inv. Sers. Corp. (9th Cir. 2014) 747 F.3d 1117, cert. negado 135 S.Ct. 870 (15 de diciembre de 2014) que las acciones de PAGA no son lo suficientemente similares a las acciones colectivas para ser removidas bajo CAFA.