El empleador niega ilegalmente el reembolso a los conductores de camiones al clasificarlos erróneamente como contratistas independientes

Seacon Logix, Inc. (Seacon) transporta carga desde el Puerto de Long Beach y el Puerto de Los Ángeles a almacenes u otras instalaciones. Seacon contrató y clasificó ilegalmente a sus conductores de camiones como contratistas independientes en lugar de empleados. Seacon hizo que sus conductores completaran y firmaran varios documentos, incluyendoEngranaje-y-martillo_oro un acuerdo que establecía que los conductores eran contratistas o subcontratistas independientes.

Seacon luego alquiló sus camiones a los conductores. Debido a que la empresa clasificó a los conductores como contratistas independientes, dedujo los pagos de arrendamiento y seguro, y los gastos de combustible y reparación de los cheques de pago de los camioneros.

Los camioneros presentaron una demanda colectiva contra Seacon. Los demandantes alegaron que deberían haber sido clasificados como empleados y que Seacon no debería haber deducido los pagos de arrendamiento de camiones o las primas de seguros de sus cheques de pago. El tribunal de primera instancia falló a favor de los camioneros y dictó sentencia a su favor. Seacon apeló, argumentando que el hallazgo del tribunal de primera instancia no estaba respaldado por pruebas sustanciales. El Tribunal de Apelación confirmó la decisión.

El testimonio de los demandantes demostró que Seacon dirigió y controló la forma del trabajo de los camioneros. La empresa dictaba las horas de inicio, las rutas y las asignaciones de entrega. Seacon no solo requería que sus conductores alquilaran sus camiones, sino que los conductores estaban restringidos a transportar únicamente para Seacon. Seacon tenía las llaves del camión, registró los camiones a nombre de Seacon y aseguró los camiones. Seacon pagaba a sus conductores semanalmente, deduciendo un promedio de $ 450 por pagos de arrendamiento y $ 200 por pagos de seguro cada semana. La compañía también aprobó o desaprobó las ausencias y despidió a sus conductores sin previo aviso.

El Tribunal determinó que los conductores deberían haber sido clasificados como empleados, no como contratistas independientes. El Tribunal consideró varios factores, entre ellos: 1) Seacon controlaba la manera y los medios del trabajo de los conductores; 2) Seacon tenía derecho a despedir a sus empleados; 3) los impulsores eran una parte regular e integrada de la operación comercial; 4) los conductores requerían una licencia Clase A, pero poca otra habilidad; y 5) los camiones arrendados solo podrían usarse para trabajos realizados para Seacon.

A pesar de que a los conductores de Seacon se les pagaba semanalmente en función de cada trabajo que realizaban (en lugar de por horas), un factor que puede sugerir que deberían haber sido clasificados como contratistas independientes, el Tribunal razonó que esto solo, dado el otro factores, no fue suficiente. El acuerdo que Seacon hizo firmar a sus conductores que los designaba como contratistas independientes tampoco fue determinante, según la Corte.

Debido a que los conductores de Seacon eran empleados, se les debería haber reembolsado todos los "gastos necesarios incurridos en el curso de la realización de [] funciones o al realizar las solicitudes de un empleador". Código Laboral de California § 2802.

Muchos empleadores clasifican erróneamente a sus trabajadores como contratistas independientes, lo que les niega importantes derechos legales. Hunter Pyle Law ha manejado numerosos casos relacionados con empleados que fueron clasificados erróneamente. Si tiene preguntas sobre su situación laboral, no dude en llamar a Hunter Pyle Law para una consulta gratuita al (510) -663-9240 o preguntar@hunterpylelaw.com.